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Artículo 83 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990541

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE HUASCO Artículo 83°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 82° del decreto - ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Huasco en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 82°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Huasco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto -ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 15 Planta Empleados Secretario Municipal y de Alcaldía 9° 18 Inspector del Tránsito y Obras Municipales 14° 23 Inspector de Patentes y Planillero 14° 23 Planta de Obreros Obreros 9° 29 Obreros 10° 31 El o los cargos de Inspector de Patentes y Planillero grado 23° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes".