Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE LA HIGUERA Artículo 95°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el
artículo 94° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de La
Higuera en la Escala Unica por el siguiente:
"Artículo 94°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La
Higuera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta Empleados
Alcalde 10° 14
Secretario Municipal, Alcaldía,
Ayudante Juez Policía Local y
Habilitado 10° 17
Inspector de Patentes y
Auxiliar de Secretaría 12° 21
Chofer 13° 26
Chofer 14° 28
Planta Obreros
Obreros 5° 28
Obreros 7° 30
Obreros 8° 31
Obreros 9° 32
El o los cargos de Inspector de Patentes y Auxiliar de
Secretaría grado 21° se convertirán en grado 23° al
quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer grado 28° se convertirán en
grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.