Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE LAMPA Artículo 98°.- Sustitúyese a
contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 97° del
decreto-ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Lampa en la Escala Unica, por el
siguiente:
"Artículo 97°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lampa, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del
decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica.
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 12
Secretario Municipal y de Alcaldía,
Director del Personal 2° 15
Director Tránsito 2° 16
Director Rentas 2° 16
Director Control y Secretario
Juzgado Policía Local 2° 17
Planta Profesional y Técnica
Juez de Policía Local 2° 13
Director Obras 2° 15
Planta Administrativa
Actuario del Juzgado y Oficial
de Secretarías 12° 19
Secretaria Dirección Obras y
Oficial de Secretaría 13° 23
Recaudador Inspector 20° 26
Planta de Obreros
Choferes 1° 25
Electricistas 1° 26
Auxiliares-Porteros 1° 29
Jardineros 1° 29
Obreros sin Especialización 1° 31
El o los cargos de Alcalde grado 12 se convertirán en
grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Municipal y de Alcaldía
grado 15° se convertirán en grado 16° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Tránsito grado 16° y
Director Rentas grado 16° se convertirán en grado 17° al
quedar vacantes.
El o los cargos de Juez de Policía Local grado 13° se
convertirán en grado 14° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Obras grado 15° se
convertirán en grado 16° al quedar vacantes.
El o los cargos de Actuario del Juzgado y Oficial de
Secretarías grado 19° se convertirán en grado 21° al
quedar vacantes.
El o los cargos de Recaudador Inspector grado 26° se
convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 25°, Electricistas
grado 26°, Auxiliares-Porteros grado 29° y Obreros sin
Especialización grado 31° se convertirán en grado 28°,
28°, 35° y 35°, respectivamente al quedar vacantes."