Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE LINARES Artículo 108°.- Sustitúyese,
a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 107° del
decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Linares en la Escala Unica, por el
siguiente:
"Artículo 107°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Linares,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
_______________________________________________________
Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta de Empleados
Alcalde 5a Cat. 5
Secretario Municipal y de la
Alcaldía e Inspector
de Espectáculos Públicos 5a Cat. 8
Juez de Policía Local 5a Cat. 7
Director de Obras Municipales 6a Cat. 8
Contralor Municipal y Jefe de
Adquisiciones y Aprovisionamiento 6a Cat. 10
Abogado Municipal 6a Cat. 10
Director del Tránsito y
Jefe de Patentes 6a Cat. 11
Jefe de Aseo, Vehículos y OO.MM. 6a Cat. 14
Administrador Veterinario
Matadero Municipal Gr. 2° 12
Sub-Contralor Municipal Gr. 6° 16
Secretario Jdo. Policía Local Gr. 6° 18
Administrador Mercados y Pérgolas Gr. 7° 16
Oficial 1° de Secretaría e
Inspector de
Espectáculos Públicos y Teatro Gr. 7° 17
Subjefe de Patentes Gr. 7° 16
Sub-Jefe Aseo, Vehículos
Obreros Municipales 7° 16
Oficial 1° Jdo. Policía Local 7° 20
Inspector Dirección de Obras
Municipales (Dibujante Técnico) 8° 19
Inspector Dirección de Obras
Municipales 8° 21
Ayudante Contraloría 8° 21
Ayudante Matadero Municipal 9° 23
Inspector de Aseo y Vehículos
Motorizados 9° 23
Ayudante Oficina de Patentes 9° 23
Oficial 2° Jdo. de Policía Local 9° 23
Oficial de Partes y Archivo 11° 23
Oficial 2° de Secretaría
Secretaría de Comisiones 12° 29
Médico Municipal Ley 15.076
Planta de Obreros
Obreros 4° 26
Obreros 6° 29
El cargo de Alcalde gr. 5 se convertirá en grado 6 al
quedar vacante.
El o los cargos de Administrador Veterinario Matadero
Municipal gr. 12, se convertirán en grado 13 al quedar
vacantes.
El o los cargos de Secretario Juzgado de Policía Local
gr. 18, Administrador Mercados y Pérgolas grado 16, Subjefe
de Patentes grado 16, Oficial 1° de Secretaría e Inspector
de Espectáculos Públicos y Teatros de grado 17°, Subjefe
de Aseo, Vehículos, Obreros Municipales grado 16, se
convertirán en grado 19 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 1° Juzgado Policía Local de
grado 20, se convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector Dirección Obras
Municipales (Dibujante Técnico) de grado 19, se
convertirán en grado 22 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector Dirección Obras
Municipales de grado 21, se convertirán en grado 22 al
quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Contraloría grado 21, se
convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° Juzgado de Policía Local
grado 23 y Ayudante Matadero Municipal de grado 23, se
convertirán en grado 25 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Oficina de Patentes grado 23
e Inspector Aseo y Vehículos Motorizados de grado 23, se
convertirán en grado 25 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Partes y Archivos grado
23, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 26, se convertirán en
grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° de Secretaría y
Secretario de Comisiones de grado 29, se convertirán en
grado 31 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros de grado 29, se convertirán
en grado 35 al quedar vacantes.