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Artículo 109 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6500 / 8990567.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LOLOL Artículo 109°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 108° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Lolol en la Escala Unica, por el siguiente: Artículo 108°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lolol, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta de Empleados Alcalde 16 Secretario Municipal, Alcaldía y Juzgado de Policía Local 6° 19 Planta de Obreros Obrero-Tractorista 3° 27 Obrero-Chofer 10° 29 El o los cargos de Obrero Chofer de grado 29°, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.