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Artículo 110 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990568

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LONCOCHE Artículo 110°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 109° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Loncoche en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 109°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Loncoche, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Personal de Empleados y Alcalde Alcalde 14 Secretario de la Alcaldía, Munic. de la H. Junta Clasificadora de Patentes y Director del Tránsito 8° 17 Juez de Policía Local 8° 15 Secretario del Juzgado de Policía Local y Ayudante Secretaría 12° 20 Inspector Municipal 14° 23 Médico Gabinete Psico técnico 22° Ley 15.076 Portero 16° 28 Planta de Obreros Obreros 8° 28 Obreros 10° 30 El o los cargos de Obreros de grado 30, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.