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Artículo 120 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990578

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LOTA Artículo 120°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 119 del Decreto Ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Lota en la Escala Unica, por el siguiente: Artículo 119°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lota de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 4° 9 Juez Policía Local 4° 10 Director Obras Municipales 8° 12 Secretario Municipal y de Alcaldía 4° 12 Jefe Contabilidad y Control 6° 14 Director de Tránsito 6° 14 Director Aseo 6° 14 Médico Gabinete Psico técnico Ley 15076 Planta Administrativa Administ. Merc. y Feria Libre 6° 19 Inspector Jefe de Patentes 6° 19 Secretario Juzgado Policía Local 6° 19 Inspector de Tránsito 6° 19 Encargado Bod. Abastec. y Distrib. 8° 23 Administ. Cementerio Municipal 8° 23 Actuario Jdo. Policía Local 8° 23 Oficial Secretaría y Ayudante Contabilidad 8° 23 Oficial de Partes y Archivo 9° 27 Planta de Mantención Mecánico Municipal 8° 25 Electricista 8° 25 Chofer Municipal 9° 25 Choferes Mecánicos 9° 25 Planta Obreros Especializados Bibliotecario 5° 25 Choferes 5° 26 Ayudante Electricista 5° 27 Pintor 5° 27 Carpinteros 5° 27 Jardinero 5° 27 Albañil 5° 27 Desabollador 6° 27 Inspector de Obras 7° 26 Ayudante Mecánico 7° 27 Ayudante Inspector Obras 5° 27 Ayudante Inspector Obras 7° 29 Recaudadores 7° 29 Ayudante Jardinero 5° 28 Ayudante Inspector de Tránsito 7° 29 Auxiliar 7° 29 Planta Obreros no Especializados Obreros 5° 30 Obreros 6° 31 Obreros 7° 32 El o los cargos de Choferes Mecánicos grado 25 se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Mecánico grado 27 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes."