Saltar al contenido

Artículo 122 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990580

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LLANQUIHUE Artículo 122°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 121° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Llanquihue en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 121°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Llanquihue, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva Alcalde 14 Secretario Municipal 5° 17 Juez Policía Local 5° 15 Médico Psicotécnico 18° Ley 15076 Planta Administrativa Inspector Municipal 8° 21 Secretario Juzgado y Director Tránsito 11° 20 Planta Choferes Chofer Mecánico 8° 25 Chofer 9° 27 Planta de Obreros Especializados 3° 27 No Especializados 5° 31 El o los cargos de Inspector Municipal grado 21 se convertirán en grado 23 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 27 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros No Especializados grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes".