Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE MOSTAZAL
Artículo 138°.- Sustitúyese, a contar del 1° de
Enero de 1974, el artículo 137° del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Mostazal en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 137°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mostazal,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica.
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Grado Escala Grado
Municipal Escala Unica
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PLANTA DE EMPLEADOS Alcalde 3°
14
Secretario Municipal 3° 17
Juez Policía Local 3° 15
Inspector Tránsito Patentes 3° 21
Administrador Cine Municipal 6° 23
Secretaría Juzgado Policía Local 6° 21
Oficial 1° del Juzgado 6° 23
Oficial 2° del Juzgado 7° 27
Planta de Obreros
Obreros 1° 25
Obreros 2° 27
Obreros 3° 29
Obreros 4° 30
Obrero 5° 31
Obreros 6° 32
El o los cargos de Inspector Tránsito y Patentes grado
21° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° del Juzgado grado 27° se
convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.