Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE MULCHEN Artículo 139°.- Sustitúyese,
a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 138° del
decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Mulchén, en la Escala Unica, por el
siguiente:
"Artículo 138°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Mulchén,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto
Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica.
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Grado Escala Grado
Municipal Escala Unica
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Planta Directiva, Profesional
Alcalde 1° 13
Secretario Municipal y de Alcaldía 1° 16
Juez de Policía Local 1° 14
Direc. Depto. del Tránsito y Patentes 3° 17
Director Servicio de Aseo e Inspector
Municipal 3° 17
Médico Veterinario y Adm. Matadero
Municipal 9° 17
Director Obras Municipales 9° 16
Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15076
Planta Administrativa
Secretario Juzgado Policía Local 7° 19
Auxiliar de Secretaría 8° 23
Bibliotecaria Municipal 8° 23
Auxiliar de Matadero e Inspector
Municipal 8° 23
Oficial 1° Juzgado Policía Local 11° 25
Planta de Servicios Menores
Oficial de Sala 12° 28
Planta de Obreros
Choferes 5° 27
Obreros 6° 29
Obreros 7° 31
Obreros 8° 32
El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local
grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Sala grado 28° se
convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.