Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE NACIMIENTO
Artículo 140°.- Sustitúyese, a contar del 1° de
Enero de 1974, el artículo 139° del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Nacimiento en la Escala Unica por el siguiente:
"Artículo 139°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Nacimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica.
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado
Municipal Escala Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 12° 15
Secretario Municipal y Alcaldía 12° 18
Juez Policía Local 12° 16
Médico Veterinario Matadero Municip. 13° 17
Director de Obras Municipales 19° 18
Planta Administrativa
Secretario Juzgado Policía Local 9° 22
Inspec. Patentes Sanidad y Matadero 13° 23
Inspector Recaudador 14° 26
Planta Obreros
Chofer 3° 26
Obrero 4° 27
Obrero 5° 29
Obreros 6° 31
Obreros 7° 32
El o los cargos de Inspector Recaudador grado 26° se
convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.