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Artículo 153 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990611

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE PAIHUANO Artículo 153°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 152° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Paihuano en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 152°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Paihuano, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 17 Planta Administrativa Secretario Municipal Gr. 7° 20 Chofer Mecánico y Jefe Taller Obras Municipales Gr. 14° 25 Planta Obreros Obreros Gr. 10° 31 El o los cargos de Chofer Mecánico y Jefe Taller Obras Municipales grado 25° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.