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Artículo 161 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990619

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE PAREDONES Artículo 161°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 160° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Paredones en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 160°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Paredones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva y Administrativa Alcalde 15 Secretario Municipal y de la Alcaldía Gr. 8° 18 Inspector Municipal Gr. 12° 24 Planta de Obreros Municipales Obreros Gr. 7° 31 El o los cargos de Obreros de grado 31 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes."