Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE PINTO Artículo 175°.- Sustitúyese, a
contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 174 del
decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Pinto en la Escala Unica, por el
siguiente:
"Artículo 174°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Pinto, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley
N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 17
Planta Empleados
Juez de Policía Local 18
Secretario Municipal 12° 20
Inspector 13° 25
Planta Obreros
Obreros 6° 31
El o los cargos de Obreros grado 31, se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.