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Artículo 193 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6500 / 8990651.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE PUMANQUE Artículo 193.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 192° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Pumanque en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 192°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Pumanque, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta de Empleados Alcalde 17 Secretaria Municipal y del Jdo. del Pol. Local Gdo. 5° 20 Planta de Obreros Jardinero y Chofer Gdo. 5° 29 El o los cargos de Jardinero y Chofer grado 29 se convertirán en grado 33 al quedar vacantes."