Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE RINCONADA
Artículo 221.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero
de 1974, el artículo 220° del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Rinconada en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 220°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Rinconada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 17
Planta Empleados
Secretario Municipal y Alcaldía 2° 20
Director del Tránsito, Inspector
Municipal 5° 23
Planta Obreros
Obrero 6° 29
Obrero 7° 31
El o los cargos de Obrero de grado 31 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.