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Artículo 253 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO Artículo 253°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 252 del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Talcahuano en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 252°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Talcahuano de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Nombre del Cargo Municipal Escala Unica ------------------------------------------------------- A) Directivos Superiores. Alcalde 5° Secretaria Abogado Municipal 1a Cat. 7° Director Contabilidad y Control 1a Cat. 8° (Contador) Director de Subsistencias y Médico Veterinario Matadero Municipal 1a Cat. 9° Director de Obras Municipales (Arquitec) 1a Cat. 8° Asesor Urbanista Director de Urbanismo y Programación (Arquitecto) 1a Cat. 9° Abogado Jefe Defensa Municipal 6a Cat. 9° Juez de Policía Local 1a Cat 6° Secretario de la Alcaldía 6a Cat. 10° Director de Personal y Bienestar Social 6a Cat. 12° Director de Rentas e Inspección 6a Cat. 9° Director del Tránsito 6a Cat. 9° Director de Adquisiciones 6a Cat. 11° Director de Aseo 6a Cat. 9° B) Profesionales y Directivos no Superiores Arquitecto Revisor de Planos 3a Cat. 12° Constructor Civil 3a Cat. 13° Asistente Social Jefe 3a Cat. 13° Asistente Social 5a Cat. 15° Jefe Depto. Parques y Jardines 3° 14° Jefe Depto. de Mantención 5° 14° Dibujante y Topógrafo 6° 16° Jefe de Relaciones Públicas (Periodista) 7° 16° Topógrafo 7° 18° Dibujante Técnico 8° 19° Dibujante Técnico 9° 21° Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076 C) Administrativos Oficial 5° 19° Oficiales 6° 20° Oficiales 7° 21° Oficiales 8° 22° Oficiales 9° 23° Oficiales 10° 24° Oficiales 11° 25° Oficiales 12° 27° Oficiales 13° 29° D) Escalafón del Servicio de Mantención Choferes 7° 25 Tractorista 8° 25 Maestro Electricista 8° 25 Maestro Soldador Mecánico 8° 25 Maestro Eléctrico Automotriz 8° 25 Maestros Mecánicos Automotriz 8° 25 Maestro Electricista 9° 27 Maestros Mecánicos Automotriz 9° 27 Choferes 10° 27 Maestros Electricistas 13° 28 E) Escalafón Servicios Menores Mayordomo Ordenanza 9° 26° Ordenanzas 10° 30° 1°.- Obreros Especializados Clase A Choferes Camiones 1° 25° Recolectores "KUKA" Tractorista 1° 25° Tractoristas 1° 25° Mayordomo Maestro Herrero 1° 25° Chof. Camiones Recolectores "KUKA" 2° 26° Maestro Herrero 2° 26° Choferes Camiones y Microbuses 3° 27° Pintor Desabollador Automóviles 7° 29° 2°.- Obreros Especializados Clase B Maestros Albañiles 1° 25° Maestros Gásfiter 1° 25° Maestros Carpinteros 1° 25° Maestros Albañiles 2° 26° Maestros Carpinteros 2° 26° Maestro Talabartero 2° 26° Choferes 3° 27° Jardineros 3° 26° Soldador 3° 27° Gásfiter 3° 27° Albañiles 3° 27° Chofer 4° 28° Jardinero 4° 28° Ayudante Mecánico 4° 28° Electricista 4° 28° Albañiles 4° 28° Carpintero 4° 28° Jardineros 5° 29° Soldador 5° 29° Electricista 5° 29° Carpintero 5° 29° Jardineros 6° 30° Choferes 6° 30° Ayudantes Mecánicos 6° 30° Albañil 6° 30° Ayudante Gásfiter 6° 30° Albañiles 7° 31° Carpintero 7° 31° 3°.- Obreros No Especializados Obreros 1° 25° Obreros 2° 27° Obrero 3° 28° Obreros 4° 29° Obreros 5° 30° Obreros 6° 31° Obreros 7° 32° El o los cargos de Director Contabilidad y Control (Contador) y Director de Obras Municipales (Arquitecto) grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario de la Alcaldía grado 10° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Personal y Bienestar Social grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes. El o los cargos de Asistente Social grado 15° se convertirán en grado 16° al quedar vacantes. El o los cargos de Dibujante y Topógrafo grado 16° se convertirán en grado 18° al quedar vacantes. El o los cargos de Jefe de Relaciones grado 16° se convertirán en grado 17° al quedar vacantes. El o los cargos de Topógrafo grado 18° se convertirán en grado 19° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficiales grado 29° y Choferes grado 30° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Tractorista y Maestro Eléctrico grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes. El o los cargos de Maestro Herrero grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes. El o los cargos de Tractorista grado 25° Maestro Herrero grado 26°, y Choferes Camiones y Microbuses grado 27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes. El o los cargos de Choferes grado 27° y Electricista grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes. El o los cargos de Soldador y Electricista grado 29° y Chofer grado 28° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los caros de Jardineros, Ayudantes Mecánicos, Ayudantes Gásfiter grado 30 y Albañiles y Carpinteros grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes. El o los cargos de Choferes Camiones Recolectores KUKA grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Ordenanza grado 30° y Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."