Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Artículo 253°.- Sustitúyese, a contar del 1° de
Enero de 1974, el artículo 252 del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Talcahuano en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 252°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Talcahuano de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Grado Escala Grado
Nombre del Cargo Municipal Escala Unica
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A) Directivos Superiores.
Alcalde 5°
Secretaria Abogado Municipal 1a Cat. 7°
Director Contabilidad y Control 1a Cat. 8°
(Contador)
Director de Subsistencias y Médico
Veterinario Matadero Municipal 1a Cat. 9°
Director de Obras Municipales
(Arquitec) 1a Cat. 8°
Asesor Urbanista Director de
Urbanismo y Programación
(Arquitecto) 1a Cat. 9°
Abogado Jefe Defensa Municipal 6a Cat. 9°
Juez de Policía Local 1a Cat 6°
Secretario de la Alcaldía 6a Cat. 10°
Director de Personal y Bienestar
Social 6a Cat. 12°
Director de Rentas e Inspección 6a Cat. 9°
Director del Tránsito 6a Cat. 9°
Director de Adquisiciones 6a Cat. 11°
Director de Aseo 6a Cat. 9°
B) Profesionales y Directivos
no Superiores
Arquitecto Revisor de Planos 3a Cat. 12°
Constructor Civil 3a Cat. 13°
Asistente Social Jefe 3a Cat. 13°
Asistente Social 5a Cat. 15°
Jefe Depto. Parques y Jardines 3° 14°
Jefe Depto. de Mantención 5° 14°
Dibujante y Topógrafo 6° 16°
Jefe de Relaciones Públicas
(Periodista) 7° 16°
Topógrafo 7° 18°
Dibujante Técnico 8° 19°
Dibujante Técnico 9° 21°
Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076
C) Administrativos
Oficial 5° 19°
Oficiales 6° 20°
Oficiales 7° 21°
Oficiales 8° 22°
Oficiales 9° 23°
Oficiales 10° 24°
Oficiales 11° 25°
Oficiales 12° 27°
Oficiales 13° 29°
D) Escalafón del Servicio de Mantención
Choferes 7° 25
Tractorista 8° 25
Maestro Electricista 8° 25
Maestro Soldador Mecánico 8° 25
Maestro Eléctrico Automotriz 8° 25
Maestros Mecánicos Automotriz 8° 25
Maestro Electricista 9° 27
Maestros Mecánicos Automotriz 9° 27
Choferes 10° 27
Maestros Electricistas 13° 28
E) Escalafón Servicios Menores
Mayordomo Ordenanza 9° 26°
Ordenanzas 10° 30°
1°.- Obreros Especializados
Clase A
Choferes Camiones 1° 25°
Recolectores "KUKA" Tractorista 1° 25°
Tractoristas 1° 25°
Mayordomo
Maestro Herrero 1° 25°
Chof. Camiones Recolectores "KUKA" 2° 26°
Maestro Herrero 2° 26°
Choferes Camiones y Microbuses 3° 27°
Pintor Desabollador Automóviles 7° 29°
2°.- Obreros Especializados
Clase B
Maestros Albañiles 1° 25°
Maestros Gásfiter 1° 25°
Maestros Carpinteros 1° 25°
Maestros Albañiles 2° 26°
Maestros Carpinteros 2° 26°
Maestro Talabartero 2° 26°
Choferes 3° 27°
Jardineros 3° 26°
Soldador 3° 27°
Gásfiter 3° 27°
Albañiles 3° 27°
Chofer 4° 28°
Jardinero 4° 28°
Ayudante Mecánico 4° 28°
Electricista 4° 28°
Albañiles 4° 28°
Carpintero 4° 28°
Jardineros 5° 29°
Soldador 5° 29°
Electricista 5° 29°
Carpintero 5° 29°
Jardineros 6° 30°
Choferes 6° 30°
Ayudantes Mecánicos 6° 30°
Albañil 6° 30°
Ayudante Gásfiter 6° 30°
Albañiles 7° 31°
Carpintero 7° 31°
3°.- Obreros No Especializados
Obreros 1° 25°
Obreros 2° 27°
Obrero 3° 28°
Obreros 4° 29°
Obreros 5° 30°
Obreros 6° 31°
Obreros 7° 32°
El o los cargos de Director Contabilidad y Control
(Contador) y Director de Obras Municipales (Arquitecto)
grado 8° se convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario de la Alcaldía grado 10°
se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Personal y Bienestar
Social grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Asistente Social grado 15° se
convertirán en grado 16° al quedar vacantes.
El o los cargos de Dibujante y Topógrafo grado 16° se
convertirán en grado 18° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jefe de Relaciones grado 16° se
convertirán en grado 17° al quedar vacantes.
El o los cargos de Topógrafo grado 18° se convertirán
en grado 19° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficiales grado 29° y Choferes grado
30° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Tractorista y Maestro Eléctrico
grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Maestro Herrero grado 25° se
convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Tractorista grado 25° Maestro
Herrero grado 26°, y Choferes Camiones y Microbuses grado
27° se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 27° y Electricista
grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Soldador y Electricista grado 29° y
Chofer grado 28° se convertirán en grado 30° al quedar
vacantes.
El o los caros de Jardineros, Ayudantes Mecánicos,
Ayudantes Gásfiter grado 30 y Albañiles y Carpinteros
grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes Camiones Recolectores KUKA
grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ordenanza grado 30° y Obreros grado
32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."