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Artículo 268 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990725

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE VICTORIA Artículo 268°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 267° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Victoria en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 267°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Victoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde Gr 2° 12 Planta Directiva, Profesional y Técnica Secretario Municipal, Alcaldía 2° 14 y Director del Tránsito Juez de Policía Local 2° 13 Director de Obras Municipales 3° 14 Adm. (Veterinario) Matadero 3° 16 Planta Administrativa Secretaria Jdo. Policía Local 9° 19 Ayudante Dirección de Obras e Inspector 1° Alumbrado 9° 19 Adm. Mercado y Ayudante Administración Matadero 12° 22 Inspector Patentes y 1° Oficial de Secretaría 12° 22 Oficial de Secretaría 14° 24 Médico Psicotécnico Ley 15.076 Auxiliar Direc. Obras e Inspector 2° Alumbrado 16° 26 Bibliotecaria 18° 27 Oficial 2° Secretaría 18° 27 Ayudante 2° Adm. Matadero 19° 29 Personal Administrativo Chofer 6° 26 Chofer 7° 27 Mecánico 7° 27 Soldador Mecánico 7° 28 Personal de Servicios Menores Portero 4° 27 Mayordomos 6° 27 Obreros 6° 29 Mayordomo 7° 29 Jardinero 7° 29 Carpintero 7° 29 Obreros 7° 30 Obreros 10° 32 El o los cargos de Ayudante 2° Adm. Matadero grado 29, se convertirán en grado 31 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 26, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer grado 27, se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Mecánico grado 27, Soldador Mecánico grado 28, se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32, se convertirán en grado 35, al quedar vacantes.