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Artículo 270 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990727

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE VICHUQUEN Artículo 270°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 269° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Vichuquén en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 269°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Vichuquén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde y Juez de Policía Local 15 Planta Directiva Secretario Municip. y de Alcaldía y Secretario Jdo. de Policía Local 7° 18 Planta Administrativa Secretario Ayudante, Secretario Dirección de Obras, Jefe Patentes de Vehículos 11° 23 Chofer Municipal 22° 26 Planta Obreros Obrero 4° 28 Obrero 6° 30 Obrero 8° 32 El o los cargos de Chofer Municipal grado 26, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Obrero grado 32, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.