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Artículo 273 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA Artículo 273.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 272° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Villa Alemana en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 272°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Villa Alemana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 9 Secretario Municipal 2a Cat. 12 Secretario Alcaldía 2a Cat. 12 Juez de Policía Local 2a Cat. 10 Director de Obras Municipales 2a Cat. 12 Dir. Depto. Control y Cont. 2a Cat. 12 Dir. Depto. Aseo y Jardines 2a Cat. 13 Dir. Depto. Tránsito 2a Cat. 13 Dir. Depto. Patentes y Rentas 2a Cat. 13 Sub-Director Depto. Control y Habilitado del Personal 4a Cat. 16 Sub-Direc. Depto. Aseo y Jardines 4a Cat. 16 Sub-Direc. Depto. Patentes y Rentas 4a Cat. 16 Sub-Director Depto. del Tránsito 4a Cat. 16 Sub-Director de obras Municipales 4a Cat. 16 Arquitecto Urbanista 6a Cat. 15 Médico Gabinete Psicotécnico Gr 1° Ley 15.076 Planta Administrativa Secret. Juzgado Policía Local Gr 1° 19 Administ. Estadio y Coordinador 2° 21 Secretario Inspector 2° 21 Secretaria Of. Partes e Inform. 2° 21 Secretaria Depto Patentes y Rentas 2° 21 Inspector Adm. Mercado y Ferias 3° 23 Secretario Inspector 3° 23 Inspector Examinador Tránsito 3° 23 Inspector Municipal 4° 25 Inspector Municipal 5° 25 Secretaria Dirección Tránsito 6° 27 Inspector Municipal 6° 27 Choferes electricistas y otros personales especializados Chofer Municipal 3° 25 Chofer Municipal 3° 25 Mecánico Municipal 3° 25 Chofer Municipal 4° 27 Chofer Municipal 6° 29 Servicios Menores Mayordomo Of. Municipales 3° 25 Mayordomo Merc. Municipal 6° 29 Obreros Municipales Especializados Albañil 1° 25 Carpintero 1° 25 Gásfiter 1° 25 Pintor 1° 25 Soldador 1° 25 Obreros Municipales sin Calificación Gr. 1° 25 2° 27 3° 28 4° 29 5° 30 6° 31 7° 32 El o los cargos de Secretario Alcaldía grado 12, se convertirán en grado 15 al quedar vacantes. El o los cargos de Dir. Depto. Control y Cont. grado 12, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes. El o los cargos de Dir. Depto. Aseo y Jardines grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes. El o los cargos de Dir. Depto. Tránsito grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes. El o los cargos de Dir. Depto. Patentes y Rentas, grado 13, se convertirán en grado 14 al quedar vacantes. El o los cargos de Administrador Estadio y Coordinador grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Inspector grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes. El o los cargos de Secretaria Of. Partes e Inform. grado 21, Secretaria Depto. Patentes y Rentas grado 21, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros Municipales Especializados, grado 25, se convertirán en grado 27 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros Municipales sin Calificación grado 32, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.