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Artículo 277 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990734

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE YUNGAY Artículo 277.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 276° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Yungay en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 276°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Yungay, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 15 Planta de Empleados Secretario Municipal y de Alcaldía Habilitada Gr. 8 18 Juez Policía Local 8 16 Secretario Juzgado Policía Local 11 19 Inspector Tránsito y Patentes 20 23 Planta de Obreros Mayordomo 6° 25 Jardinero 8° 27 Chofer 8° 27 Obrero 7° 28 Obrero 8° 29 Obreros 9° 30 Auxiliar 10° 32 El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local grado 19, se convertirán en grado 22 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros Gr. 30, se convertirán en grado 31 al quedar vacantes. El o los cargos de Auxiliar Gr. 32, se convertirán en Gr. 35 al quedar vacantes.