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Artículo 282 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990739

Texto oficial

Artículo 282°.- Las disposiciones de los artículos 22, 25, 32 y 33 del decreto-ley N° 249, de 1974, serán aplicables respecto de las nuevas ubicaciones fijadas en este cuerpo legal.