Texto oficial
Artículo 23°.- Sin perjuicio de los reajustes
semestrales que corresponda a las patentes de los
profesionales, sobre el valor de las patentes de abogados
fijadas en el artículo anterior, no se aplicará recargo
alguno. Deróganse, por lo tanto, todas las disposiciones
legales contrarias a esta norma. Derógase, asimismo, lo
dispuesto en los artículos 1°, 2° y 4° de la ley N°
16.518.