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Artículo 27 del Decreto Ley 1278

Aprueba el presupuesto de entradas y gastos de la nacion para el año 1976

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6548 / 9036251.

Texto oficial

ARTICULO 27° En los casos en que se hayan destinado fondos sectoriales y regionales a una misma obra, no podrán introducirse modificaciones a las asignaciones respectivas sin el acuerdo del Ministro del Interior con el Ministro del ramo correspondiente.