Texto oficial
Artículo 74.- Las cuestiones de competencia que se susciten entre las Municipalidades y otras autoridades, se regirán por las disposiciones de la ley procesal respectiva.
Ley orgánica de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6554 / 9088529.