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Artículo 74 del Decreto Ley 1289

Ley orgánica de las municipalidades

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6554 / 9088529.

Texto oficial

Artículo 74.- Las cuestiones de competencia que se susciten entre las Municipalidades y otras autoridades, se regirán por las disposiciones de la ley procesal respectiva.