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Artículo 7 del Decreto Ley 1298

Crea sistema de pronosticos deportivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6559 / 8449268.

Texto oficial

Artículo 7º.- Mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda, se dictará uno o más reglamentos sobre la organización, administración, funcionamiento y procedimiento de los concursos del Sistema de Pronósticos Deportivos.