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Artículo 19 del Decreto Ley 1305

Reestructura y regionaliza el ministerio de la vivienda y urbanismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6564 / 8605854.

Texto oficial

ARTICULO 19° El Comité de Planificación y Coordinación estará integrado por: 1.- El Ministro, que lo presidirá; 2.- El Subsecretario, que lo presidirá en ausencia del Ministro; 3.- Los Jefes de División del Ministerio, y 4.- Las personas que el Ministro proponga, las que se designarán por decreto supremo. El Comité de Planificación y Coordinación contará con una Secretaría permanente.