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Artículo 2 del Decreto Ley 1350

Crea la corporacion nacional del cobre de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6578 · idParte: 8628563

Texto oficial

Artículo 2°.- Disuélvense las Sociedades Colectivas del Estado creadas por el decreto con fuerza de ley N° 1 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial de 15 de Julio de 1972, denominadas Compañía de Cobre Chuquicamata, Compañía de Cobre Salvador, Compañía Minera Andina; Sociedad Minera El Teniente y Compañía Minera Exótica. Se declaran caducados por el solo ministerio de la ley los derechos de socios de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en las Sociedades Colectivas del Estado referidas en el inciso anterior.