Texto oficial
Artículo 2°.- Disuélvense las Sociedades Colectivas
del Estado creadas por el decreto con fuerza de ley N° 1
del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial
de 15 de Julio de 1972, denominadas Compañía de Cobre
Chuquicamata, Compañía de Cobre Salvador, Compañía
Minera Andina; Sociedad Minera El Teniente y Compañía
Minera Exótica.
Se declaran caducados por el solo ministerio de la ley
los derechos de socios de la Corporación del Cobre y de la
Empresa Nacional de Minería en las Sociedades Colectivas
del Estado referidas en el inciso anterior.