Texto oficial
Artículo 10°.- El Presidente Ejecutivo es responsable
de ejecutar los acuerdos del directorio y de supervisar
todas las actividades productivas, administrativas y
financieras de la Empresa, en la forma en que establece esta
ley. Al Presidente Ejecutivo le serán aplicables las normas
sobre responsabilidad, atribuciones, deberes, derechos,
prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades
establecidas para los gerentes en la ley Nº 18.046, como
asimismo, las inhabilidades e incompatibilidades que
establece la presente ley para los directores.
Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente Ejecutivo
tendrá las atribuciones que el directorio le delegue y las
funciones que éste determine.