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Artículo 4 transitorio del Decreto Ley 1350

Crea la corporacion nacional del cobre de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6578 · idParte: 8628600

Texto oficial

Artículo 4°.- La declaración y pago de impuestos a la renta, provisionales o definitivos, que deba hacer la Empresa a partir del 1° de Abril de 1976, se efectuarán considerando como fecha de iniciación de sus actividades el 1° de Enero de 1976.