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Artículo 11 A del Decreto Ley 1350

Crea la corporacion nacional del cobre de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6578 / 8800088.

Texto oficial

Artículo 11° A.- En todo lo que no se oponga a los términos de esta ley y a la naturaleza pública de la empresa, corresponderá al Presidente de la República ejercer las atribuciones y funciones que la ley Nº 18.046 confiere a los accionistas y a las Juntas de Accionistas.