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Artículo 27 del Decreto Ley 1445

Modifica presupuesto vigente de la nacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6617 / 9030451.

Texto oficial

Artículo 27°- Declárase que al personal a jornal dependiente de las instituciones a que se refiere el inciso final del artículo 3° del decreto ley N° 1.401, de 1976, les corresponde, a contar del 1° de Abril de 1976, la bonificación establecida en dicho inciso para los personales de los grados 18 al 22.