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Artículo 28 del Decreto Ley 1446

Decreto Ley 1446

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6618 · idParte: 8791978

Texto oficial

Artículo 28°.- La Dirección Nacional determinará, anualmente, el tipo y cantidad de becas a otorgar, los requisitos de postulación y las normas de selección para cada programa en conformidad con lo previsto en la letra b) del artículo 2°.