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Artículo 7 del Decreto Ley 1462

Crea sistema de concurso para proveer cargos de la planta profesional y tecnica de la casa de moneda de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6625 · idParte: 5877892

Texto oficial

Artículo 7°- Créase el siguiente cargo en la Planta Profesional y Técnica de la Casa de Moneda, facultándose al Director del Servicio para que su primera provisión la efectúe libremente y en forma directa: Un cargo profesional grado 5°.