Texto oficial
Artículo 12°- Deróganse las letras a), b), c), d), f), y h) del artículo 4°, N° 1, de la ley N° 10.645, de 1952, y sus modificaciones.
Suplementa, crea o modifica los item de gastos que señala del presupuesto de la nacion para el año 1976; modifica las disposiciones legales que expresa.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6659 / 9036488.