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Artículo QUINTO del Decreto Ley 1606

Reemplaza texto del decreto ley n° 825, de 1974, sobre impuesto a las ventas y servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6682 / 8668302.

Texto oficial

ARTICULO QUINTO.- Agrégase al inciso final del artículo 124°, del DFL. (G) N° 1, de 1968, sustituido por el artículo 1°, N° 25, del decreto ley N° 1.483, de 1976, la siguiente frase, eliminando el punto: "con excepción de los impuestos establecidos en el decreto ley N° 825, de 1974."