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Artículo 15 del Decreto Ley 1608

Dicta normas para implantar la segunda etapa de la carrera funcionaria y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6684 · idParte: 8628628

Texto oficial

Artículo 15°- Agrégase al artículo N° 169 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960 el siguiente inciso final: La norma del inciso tercero regirá respecto de los nombramientos en las calidades que señala, que se efectúen en otro Servicio, solamente cuando el empleado cuente con la aprobación del Jefe Superior del Servicio en el que ocupa el cargo del cual es titular. La norma referida no regirá respecto de los nombramientos en calidad de interinos o a contrata que se efectúen en el mismo Servicio, salvo cuando tales nombramientos sean para ocupar cargos de Jefaturas medias o superiores.