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Artículo 23 del Decreto Ley 1608

Dicta normas para implantar la segunda etapa de la carrera funcionaria y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 23°- Para los efectos de crear los cargos y determinar los grados pertinentes se estará a lo dispuesto en el artículo 11° del decreto ley N° 937, de 1975.