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Artículo 16 del Decreto Ley 1682

Modifica códigos orgánico de tribunales, de procedimiento civil y penal de justicia militar y diversos otros estatutos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6714 · idParte: 8991034

Texto oficial

Artículo 16.- Derógase la letra B) del artículo 4° del decreto ley N° 744, de 1974, y se declara que el inciso final del artículo 43 del Código Orgánico de Tribunales, fijado en el N° 1 del artículo 2 de la ley número 17.590 mantiene su vigencia.