Texto oficial
Artículo 18.- Facúltase al Presidente de la República
para que, de acuerdo con la Corte Suprema, una vez instalado
el Juzgado de Letras de Pozo Almonte, disponga del traslado
del Secretario del Juzgado de Letras de Pica a un cargo de
igual categoría en el escalafón del Poder Judicial.
Durante el lapso que medie entre la instalación del
Juzgado de Letras de Pozo Almonte y la destinación
definitiva del referido funcionario, quedará éste en
comisión de servicio, a disposición de la Corte de
Apelaciones de Iquique.