Texto oficial
Artículo 11.- Sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 9°, se podrán establecer fundadamente normas
aplicables a las inversiones comprendidas en este decreto
ley, que limiten su acceso al crédito interno.
Estatuto de la inversion extranjera
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6725 / 9059651.