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Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 1762

Crea la subsecretaria de telecomunicaciones dependientes del ministerio de transportes y organiza la direccion superior de las telecomunicaciones del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6732 · idParte: 8701625

Texto oficial

Artículo 2°- Todas las referencias legales, reglamentarias o de cualquier naturaleza, referidas a la Superintendencia o al Superintendente de Servicios Eléctricos, de Gas y de Telecomunicaciones relacionadas con Telecomunicaciones, deberán entenderse hechas a la Subsecretaría de Telecomunicaciones o al Subsecretario.