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Artículo 4 transitorio del Decreto Ley 1762

Crea la subsecretaria de telecomunicaciones dependientes del ministerio de transportes y organiza la direccion superior de las telecomunicaciones del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6732 · idParte: 8701627

Texto oficial

Artículo 4°- Mientras se dicte el decreto ley a que se refiere el artículo 11 y se proveen los cargos, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a proposición del Subsecretario y con aprobación del Ministerio de Hacienda podrá contratar transitoriamente a las personas que se desempeñarán en los distintos cargos a medida que las necesidades lo requieran.