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Artículo 38 del Decreto Ley 1764

Fija normas para la investigacion, produccion y comercio de semillas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6733 · idParte: 7127601

Texto oficial

ARTICULO 38° El producto de las multas que se apliquen y perciban será a beneficio fiscal.