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Artículo 17 del Decreto Ley 1770

Otorga mejoramiento economico y dispone rebajas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6737 / 9036575.

Texto oficial

Artículo 17°- Los límites de imponibilidad y beneficios a que se refiere el artículo 25 de la ley N° 15.386, y sus modificaciones, serán, a contar del 1° de Mayo de 1977, de treinta sueldos vitales mensuales del Area Metropolitana.