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Artículo 23 del Decreto Ley 1819

Dispone suplementos al presupuesto general de la nacion y establece normas de caracter presupuestarias, financieras y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6750 · idParte: 7127664

Texto oficial

Artículo 23°.- La Empresa de Comercio Agrícola rebajará de su activo la cantidad de US $ 1.050.851,17, en su equivalente en moneda nacional, correspondiente a transferencias a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas efectuadas en el año 1969. La cantidad señalada será considerada gasto para todos los efectos contables.