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Artículo 25 del Decreto Ley 1819

Dispone suplementos al presupuesto general de la nacion y establece normas de caracter presupuestarias, financieras y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6750 / 7127666.

Texto oficial

Artículo 25°.- Sustitúyese, en el artículo 6° del decreto ley N° 1.682, de 1977, la frase "obras superiores a quince sueldos vitales anuales de la provincia de Santiago" por "obras superiores al límite que se fije en virtud de lo dispuesto en el artículo 10° del decreto ley N° 1.605, de 1976,".