Texto oficial
Artículo 8°.- Sustitúyese en el inciso final de la
letra a) del artículo 19 de la ley N° 17.798, de Control
de Armas, agregado por el artículo 8° del decreto ley N°
521, de 1974, las expresiones: "Dirección de Inteligencia
Nacional", por "Central Nacional de Informaciones".