Decreto Ley 1937
Amplia a setenta años la edad maxima del legitimante por adopcion y suspende la exigencia de este requisito hasta el 31 de diciembre de 1978.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales
idNorma: 6777
Amplia a setenta años la edad maxima del legitimante por adopcion y suspende la exigencia de este requisito hasta el 31 de diciembre de 1978.
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