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Artículo 4 del Decreto Ley 1953

Establece normas de caracter presupuestario y financieras.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6779 / 8521429.

Texto oficial

Artículo 4°- Otórgase al Presidente de la República un nuevo plazo de seis meses, a contar de la fecha de publicación de este texto en el Diario Oficial, para ejercer la facultad que le otorgó el artículo 6° del decreto ley N° 1.605, de 1976.